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DIRECCIÓN GENERAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO

Información del puesto

I. Ser depositario de la fe pública registral y ejercerla, para cuyo pleno ejercicio se auxiliará

de los registradores y demás unidades administrativas y servidores públicos de la Institución,

autorizados conforme a las disposiciones aplicables;

II. Coordinar y controlar las actividades registrales y promover políticas, acciones y métodos

que contribuyan a la mejor aplicación y empleo de los elementos técnicos y humanos, para

el eficaz funcionamiento del Registro;

III. Girar instrucciones tendientes a unificar criterios, que tendrán carácter obligatorio para

los servidores públicos de la Institución; los criterios registrales que nunca podrán ser

contrarios a lo que dispone el Código y la presente Ley, deberán publicarse en el Boletín.

IV. Conocer, substanciar y resolver los recursos de inconformidad que se presenten en los

términos de la Ley y su Reglamento;

V. Permitir de manera oportuna la consulta de los asientos registrales, así como de los

documentos relacionados con los mismos que estuvieren archivados en su acervo, sin que

pueda negar ni restringir ese derecho a los usuarios, excepto cuando la Ley así lo establezca;

VI. Expedir las certificaciones y constancias que le sean solicitadas, en los términos del

Código, de la presente Ley y su Reglamento;

VII. Designar a servidores públicos para que autoricen los documentos que no le sean

expresamente reservados, debiendo publicar el aviso correspondiente en el Boletín; lo

anterior, sin perjuicio de su intervención directa cuando lo estime conveniente;

VIII. Publicar la información correspondiente en el Boletín;

IX. Autorizar el formato para la utilización de hojas de seguridad, en que deban expedirse las

certificaciones;

X. Autorizar el formato para la creación y utilización del folio electrónico;

XI. Implementar la instrumentación de los sistemas de tecnología requeridos para el

funcionamiento del Registro conforme a las disposiciones aplicables;

XII. Supervisar la actualización permanente del sistema registral, así como favorecer la

vinculación técnica, operativa y jurídica entre el Registro y otras dependencias e

instituciones;

XIII. Promover la implantación y operación de un sistema de calidad en el Registro;

XIV. Ordenar la conformación de la estadística relativa a la operación del Registro;

XV. Informar mensualmente a las instancias correspondientes, sobre la estadística

consolidada y desglosada de las actividades del Registro;

XVI. Elaborar y presentar propuestas de programas institucionales de corto, mediano y largo

plazo, con los correspondientes proyectos de presupuestos, a fin de contar oportunamente

con los recursos necesarios para la prestación del servicio registral y de favorecer la

constante mejora y actualización del Registro;

XVII. Representar al Registro en los procedimientos judiciales o administrativos, en asuntos

de su competencia y en aquellos en que se demande al Registro, sin perjuicio de las

facultades de representación que otorga el Reglamento Interior de la Administración Pública

de la Ciudad de México al Director General de Servicios Legales;

XVIII. Proponer a la Consejería Jurídica las reformas y adiciones a los ordenamientos legales

en materia registral;

XIX. Proponer la celebración de convenios y acuerdos de coordinación con dependencias o

entidades federales o estatales, así como con organizaciones vinculadas con los servicios

registrales, a efecto de difundir o mejorar la función registral;

XX. Elaborar y proponer a la Consejería Jurídica la expedición de los manuales de

organización, de procedimientos, del sistema informático y de servicios electrónicos que se

requieran para el cumplimiento eficiente de la función registral;

XXI. Actualizar la prestación de los servicios que ofrece el Registro, así como los trámites,

requisitos y formatos para acceder a los mismos, en términos de la Ley de Transparencia,

Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; y

XXII. Las demás que le sean conferidas por el Código, por esta Ley u otros ordenamientos

Datos del titular

Licenciado en Derecho con estudios de Maestría en Sociología del Trabajo por la Universidad Autónoma Metropolitana.

Cuenta con diversos diplomados y cursos de especialización en Administración Pública, Derechos Humanos y Legislación Nacional.

Se ha desempeñado como servidor público por más de treinta años en distintas áreas de la Administración Pública.

Ha participado como Profesor Invitado de la Maestría en Derecho del Trabajo.

Colaboró como Asesor Jurídico y Laboral de diversas Instituciones.


Experiencia:

Desempeño profesional en el ámbito público por más de 30 años. Colaborador en posiciones de alto nivel, siendo algunas:  

Director de Coordinación de Contralorías Internas en la Contraloría General.

Director General del Registro Público de la Propiedad.

Subprocurador de Defensa y Exigibilidad en la Procuraduría Social. Asesor en la Delegación Iztapalapa.

Asesor Jurídico en la Asamblea Legislativa.

Asesor laboral en la UAM.

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