DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL

Información del puesto

De acuerdo con el artículo 232 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, a la Dirección General del Registro Civil le corresponde:

I. Ser depositario de las actas donde consta el estado civil de las personas; 

II. Supervisar el cumplimiento de las diversas disposiciones legales y de los criterios que sean señalados por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales; 

III. Programar y supervisar los cursos de capacitación al personal, tendientes a mejorar el funcionamiento de la Dirección General; 

IV. Administrar el Archivo del Registro Civil, así como tener actualizados los índices y catálogos de las actas del estado civil; 

V. Recabar y disponer la encuadernación de las formas del Registro Civil, cuidando de su revisión y control; 

VI. Ordenar, en su caso, la reposición inmediata de documentos relacionados con los actos del estado civil de las personas, que se deterioren, destruyan, mutilen o extravíen, certificando su autenticidad; 

VII. Dar cumplimiento a las resoluciones judiciales que reciba, ya sea directamente o remitiéndolas al Juez correspondiente, para que sean debidamente cumplimentadas; 

VIII. Autorizar las anotaciones que modifiquen, rectifiquen, aclaren, complementen, revoquen o anulen el contenido de las actas del estado civil; 

IX. Distribuir a todos y cada uno de los Juzgados, las formas en que deban constar las actas del Registro Civil y las hojas de papel seguridad para la expedición de certificaciones; 

X. Nombrar y remover libremente a las personas supervisoras de los Juzgados; 

XI. Coordinar el desarrollo de la función de los supervisores; XII. Recibir las quejas del público sobre la prestación del servicio; 

XIII. Ordenar las visitas de inspección necesarias, a efecto de verificar el debido cumplimiento de las atribuciones de los jueces del Registro Civil, y demás personal adscrito al Juzgado; 

XIV. Coordinar el buen funcionamiento de los Juzgados del Registro Civil; 

XV. Sancionar las faltas u omisiones de las y los Jueces del Registro Civil; y 

XVI. Rotar a las y los Jueces del Registro Civil de adscripción.

Datos del titular

Escolaridad:

Egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México y Maestrante en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana.


Experiencia:

En la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México se desempeñó como Visitadora Adjunta; en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

(CONAPRED) fue encargada de la atención y capacitación de personas servidoras públicas en materia de Derechos Humanos y en la prevención de la discriminación.


En el Registro Civil de la Ciudad de México ha fungido como Jefa de Unidad de Departamento de Juzgado Central, Subdirectora de Asuntos Jurídicos, Control y

Orientación y Directora de Asuntos Jurídicos.