DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL
Información del puesto
De acuerdo con el artículo 232 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, a la Dirección General del Registro Civil le corresponde:
I. Ser depositario de las actas donde consta el estado civil de las personas;
II. Supervisar el cumplimiento de las diversas disposiciones legales y de los criterios que sean señalados por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales;
III. Programar y supervisar los cursos de capacitación al personal, tendientes a mejorar el funcionamiento de la Dirección General;
IV. Administrar el Archivo del Registro Civil, así como tener actualizados los índices y catálogos de las actas del estado civil;
V. Recabar y disponer la encuadernación de las formas del Registro Civil, cuidando de su revisión y control;
VI. Ordenar, en su caso, la reposición inmediata de documentos relacionados con los actos del estado civil de las personas, que se deterioren, destruyan, mutilen o extravíen, certificando su autenticidad;
VII. Dar cumplimiento a las resoluciones judiciales que reciba, ya sea directamente o remitiéndolas al Juez correspondiente, para que sean debidamente cumplimentadas;
VIII. Autorizar las anotaciones que modifiquen, rectifiquen, aclaren, complementen, revoquen o anulen el contenido de las actas del estado civil;
IX. Distribuir a todos y cada uno de los Juzgados, las formas en que deban constar las actas del Registro Civil y las hojas de papel seguridad para la expedición de certificaciones;
X. Nombrar y remover libremente a las personas supervisoras de los Juzgados;
XI. Coordinar el desarrollo de la función de los supervisores; XII. Recibir las quejas del público sobre la prestación del servicio;
XIII. Ordenar las visitas de inspección necesarias, a efecto de verificar el debido cumplimiento de las atribuciones de los jueces del Registro Civil, y demás personal adscrito al Juzgado;
XIV. Coordinar el buen funcionamiento de los Juzgados del Registro Civil;
XV. Sancionar las faltas u omisiones de las y los Jueces del Registro Civil; y
XVI. Rotar a las y los Jueces del Registro Civil de adscripción.
Datos del titular
Egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México y Maestrante en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana.
En la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México se desempeñó como Visitadora Adjunta; en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
(CONAPRED) fue encargada de la atención y capacitación de personas servidoras públicas en materia de Derechos Humanos y en la prevención de la discriminación.
En el Registro Civil de la Ciudad de México ha fungido como Jefa de Unidad de Departamento de Juzgado Central, Subdirectora de Asuntos Jurídicos, Control y
Orientación y Directora de Asuntos Jurídicos.